¿Qué es el Programa FAE-AGRO?
Es el Programa de Garantía del Gobierno Nacional para el Financiamiento Agrario Empresarial, que tiene como objetivo garantizar los créditos para capital de trabajo de los agricultores que realizan agricultura familiar conforme lo define la Ley Nº 30355, Ley de Promoción y Desarrollo de la Agricultura Familiar, a fin de asegurar la campaña agrícola, así como el abastecimiento de alimentos a nivel nacional.
- Los créditos contarán con seguro de desgravamen para el titular.
- Los créditos serán destinados sólo para capital de trabajo, con plazo máximo de 12 meses incluido el periodo de gracia.
- Monto mínimo de crédito: S/ 500.00
- Monto máximo:
- Hasta S/ 15,000 con garantía del 98%
- De S/ 15,001 hasta S/ 30,000 con garantía del 95%
- El cliente podrá beneficiarse con un solo crédito del programa FAE-AGRO.
- Documento de identidad del solicitante.
- Recibo de Servicios básicos: Luz o agua.
- Documento que acredite la propiedad del predio agrícola o pecuario.
- Documentos que acrediten la conducción de la actividad agrícola o pecuaria.
Consideraciones del programa:
- Ser pequeño productor agropecuario y requerir crédito para capital de trabajo destinado al financiamiento de las CAMPAÑAS AGRÍCOLAS de cultivos transitorios y/o permanentes o de promoción de la actividad pecuaria.
- Reportar NORMAL o CPP a febrero 2020, o no reportar deuda en dicho periodo; se considera como NORMAL aquellos meses que no cuenten con clasificación en el periodo evaluado.
- Si no reporta calificación a febrero 2020, presentar 100% Normal en los doce (12) meses previos al otorgamiento del crédito.
- Todos los integrantes del crédito deberán presentar 100% Normal en el último periodo reportado por la SBS.
- No estar reportados en Lista Negra y Lista Preventiva en estado Activo, ni en OFAC.
- No estar vinculado a la entidad otorgante del crédito, según los criterios establecidos por la SBS mediante Resolución SBS Nº 5780-2015, que aprueba las nuevas Normas Especiales sobre Vinculación y Grupo Económico.
- No estar comprendido en el ámbito de la Ley Nº 30737, Ley que asegura el pago inmediato de la reparación civil a favor del Estado Peruano en casos de corrupción y delitos conexos, así como cualquier persona o ente jurídico sometida a procesos por delitos de corrupción y conexos.
- No estar inhabilitado por el Tribunal de Contrataciones del Estado del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado (OSCE).
- No contar con créditos garantizados con:
- Programa REACTIVA PERÚ
- Fondo FAE-MYPE
- Fondo AGROPERU
- Programa FAE-AGRO
- Fondo para la Inclusión Financiera del Pequeño Productor Agropecuario (FIFPPA)
- Deuda pendiente en el Programa de Rescate Financiero Agropecuario (RFA)
- Los créditos bajo este Programa no pueden ser utilizados para pagar deudas vencidas, prepagar y/o cancelar obligaciones vigentes con la CMAC Tacna S.A. o demás IFIs del sistema financiero, antes de cancelar los préstamos que se cubren con la garantía del Programa FAE-AGRO.
- Además, el préstamo no deberá ser utilizado para la adquisición de activo fijo, compra de acciones o participaciones en empresas, bonos y otros activos monetarios, así como para realizar aportes de capital.
(*) Sujeto a evaluación crediticia.
- Tasas – Programa FAE-AGRO
- Tarifario de Tasas de Interés Activas – Crédito Empresarial ¡Nuevo!
- Tarifario de Comisiones, Gastos y Servicios de Operaciones Activas ¡Nuevo!
- Fórmulas y Ejemplos para el cálculo de créditos empresariales y de consumo
- Fórmulas y Ejemplos de comisiones y gastos
- Beneficios, Riesgos y Condiciones
- Tarifario de Seguros para Operaciones Activas y Pasivas
- Preguntas Frecuentes
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